En EDM Legal, como bufete de abogados multidisciplinar en Vigo y Madrid, nos preocupamos por mantener a nuestros clientes informados sobre cuestiones legales relevantes que pueden afectar sus vidas. Hoy, abordaremos en este artículo una pregunta fundamental: ¿Pueden incluirte en un fichero de morosos sin requerirte previamente la deuda?
Recientemente, una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia ha destacado la importancia de cumplir con ciertos requisitos antes de incluir a alguien en un registro de morosos. Dicha sentencia ha declarado que la demandada había cometido una intromisión ilegítima al no respetar los derechos fundamentales al honor, intimidad personal, propia imagen y protección de datos de la parte demandante. ¿La consecuencia? Una condena a eliminar los datos del registro de morosos y a indemnizar a la víctima con 6.000 euros en concepto de daños morales.
¿Qué indica esta sentencia?
Lo que esta resolución destaca es que no se cumplió con el requisito del requerimiento previo legalmente exigible para la inclusión del actor en el fichero o registro de morosos. El tribunal se basó en la jurisprudencial ya establecida por el Tribunal Supremo y procedió a estimar la demanda.
Tres obligaciones a la hora de incluir a alguien en un fichero de morosos
Información al afectado
El acreedor debe informar al deudor, ya sea en el contrato o al requerir el pago, sobre la posibilidad de incluirlo en un registro de morosos. Esto brinda transparencia al deudor sobre las consecuencias de su deuda.
Requerimiento de pago previo
El acreedor también debe requerir el pago de la deuda antes de comunicar los datos al fichero de morosos. Además, debe conservar pruebas que demuestren el cumplimiento de esta obligación. Esto garantiza que el deudor haya tenido una oportunidad justa para saldar la deuda antes de ser incluido en tal fichero.
Notificación al afectado
La entidad encargada del fichero debe notificar al afectado sobre la inclusión de sus datos y proporcionar información sobre cómo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación. Tal acción salvaguarda el derecho del deudor a estar al tanto de su situación y tomar las acciones pertinentes para solucionarla.
Tal y como te podemos confirmar desde EDM Legal, en el caso que dirime la Audiencia Provincial de Murcia (Sección nº 1. Sentencia nº 337/2023 de 5 de junio de 2023), se destacó que no se había cumplido con el requisito de requerimiento de pago previo. Y es que la documentación presentada no permitía establecer que se hubiera efectuado el requerimiento de pago y que hubiera sido recibido por el deudor. Hechos como estos, junto con el monto relativamente bajo de la deuda, llevó a la conclusión de que no se había cumplido con el proceso adecuado.
¿Cuál es la conclusión?
Pues que la inclusión en un fichero de morosos sin realizar un requerimiento previo de la deuda es una práctica ilegal que atenta contra los derechos fundamentales. La jurisprudencia y la regulación establecen claramente las obligaciones de los acreedores y las entidades encargadas de los ficheros de morosos. Cumplir con estos requisitos es esencial para garantizar un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas. Así pues en EDM Legal ponemos a tu disposición nuestros bufetes de abogados en Vigo y Madrid para que puedas defenderte en casos como el abordado.